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El paro y el IRPF: por qué no te retienen y aun así hay que declararlo

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  • 3 min de lectura

Hay dos preguntas que la gente mezcla y que no tienen nada que ver: si el paro tributa y si te retienen por él. La respuesta a la primera es sí siempre; la de la segunda, casi nunca. Y de esa diferencia salen la mayoría de los sustos de abril.

Lo importante en una frase

Que no te retengan no significa que no tributes. Significa que el impuesto no te lo han ido cobrando por el camino y lo pagas de golpe al hacer la declaración.

El paro es rendimiento del trabajo

La prestación contributiva por desempleo tributa en el IRPF exactamente igual que un sueldo: es rendimiento del trabajo. El SEPE hace de pagador, como si fuera una empresa más, y esas cantidades van en tu declaración.

Lo que no hace el SEPE, salvo que se lo pidas, es retenerte. Aplica el 0 % a la mayoría de las prestaciones porque los importes son bajos y el sistema de retenciones no obliga a partir de ciertos mínimos. Cobras íntegro y la cuenta se salda después.

Lo del «segundo pagador», explicado

Si un año trabajas unos meses y cobras el paro otros, has tenido dos pagadores: tu empresa y el SEPE. Eso no te hace pagar más impuestos por sí mismo, pero sí baja mucho el listón a partir del cual estás obligado a declarar.

Límites de la obligación de declarar por rendimientos del trabajo
Tu situaciónEstás obligado si cobraste más de
Un solo pagador22.000 € al año
Varios pagadores, y del segundo en adelante cobraste más de 1.500 €15.876 € al año
Varios pagadores, pero del segundo en adelante cobraste 1.500 € o menos22.000 € al año

Ahí está la trampa: alguien que cobró 18.000 € entre sueldo y paro no habría tenido que declarar con un solo pagador, y con dos sí. Y como el SEPE no le retuvo nada, esa parte llega a la declaración sin un euro adelantado a Hacienda.

Por qué sale a pagar

Cada pagador calcula tu retención mirando solo lo que él te paga. Tu empresa retuvo pensando que ganabas lo de ella, y el SEPE no retuvo nada. Al sumarlo todo en la declaración, el tipo que te corresponde es más alto que el que te fueron aplicando, y esa diferencia es lo que sale a pagar.

Qué puedes hacer

  • Pedir al SEPE que te aplique una retención voluntaria. Se solicita con el modelo 145 y así vas adelantando el impuesto en vez de encontrártelo entero en junio.
  • Guardar el certificado de retenciones que el SEPE emite cada año: es lo que necesitas para declarar, y lo tienes en su sede electrónica.
  • Contar con ello al hacer números. Si sabes que este año vas a tener dos pagadores, aparta algo: la declaración puede salir a pagar aunque nunca te haya pasado.

El subsidio va igual

Los subsidios por desempleo también son rendimiento del trabajo y cuentan como pagador. La diferencia es que sus importes son más bajos, así que es más difícil llegar a los límites.

Calcula tu paro con la retención que quieras

En las opciones avanzadas de la calculadora puedes poner el porcentaje de IRPF que te aplican y ver cómo queda el importe que te ingresan.

Preguntas frecuentes sobre esta guía

Sí. La prestación por desempleo es rendimiento del trabajo y va en la declaración igual que un sueldo, aunque el SEPE no te haya retenido nada.

Porque los importes de la prestación suelen quedar por debajo de los mínimos que obligan a retener, así que se aplica el 0 %. Puedes pedir una retención voluntaria con el modelo 145 si prefieres ir adelantando el impuesto.

Sí. Si en el mismo año has cobrado de una empresa y del SEPE, has tenido dos pagadores, y el límite para estar obligado a declarar baja de 22.000 € a 15.876 € siempre que del segundo pagador hayas cobrado más de 1.500 €.

Con un único pagador el límite general son 22.000 € al año, y una prestación por desempleo difícilmente los alcanza. Aun así, declarar puede interesarte si te sale a devolver.

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