Requisitos para cobrar el paro y plazo para pedirlo
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Antes de calcular cuánto vas a cobrar conviene asegurarse de que te corresponde. Son cuatro requisitos, y el que más gente incumple sin saberlo es el del plazo.
Los cuatro requisitos
- Estar afiliado y en alta o situación asimilada en la Seguridad Social.
- Tener cotizados al menos 360 días en los últimos seis años.
- Que la situación de desempleo sea INVOLUNTARIA: despido, fin de contrato o ERE.
- No haber alcanzado la edad de jubilación y estar en condiciones de trabajar.
La baja voluntaria no da paro
Si te vas tú, no hay prestación, por muchos años que hayas cotizado. Esos días no se pierden —siguen ahí para el futuro—, pero no se pueden cobrar ahora.
Tienes 15 días hábiles
El plazo para solicitarla es de 15 días hábiles desde el día siguiente al cese. Hábiles significa sin contar domingos ni festivos, y en la práctica son unas tres semanas.
Pedirla tarde cuesta dinero
No pierdes el derecho, pero sí los días de retraso: la prestación te la reconocen desde que la pides, no desde que te quedaste sin trabajo. Cada día de más es un día menos cobrado.
Si te han pagado vacaciones no disfrutadas, el plazo empieza cuando termina ese periodo, porque hasta entonces sigues de alta.
Qué necesitas para pedirla
- DNI o NIE en vigor.
- Certificado de empresa, que la empresa envía al SEPE de oficio.
- Número de cuenta a tu nombre para el ingreso.
- Certificado digital, Cl@ve o cita previa si vas presencialmente.
- Libro de familia si tienes hijos a cargo, porque cambian los topes.
Qué pasa si encuentras trabajo
Si empiezas a trabajar por cuenta ajena a jornada completa, la prestación se suspende y lo que te quedaba se guarda: puedes reanudarlo más adelante si vuelves a quedarte sin empleo, siempre dentro de los plazos previstos.
Con un trabajo a tiempo parcial la prestación se puede compatibilizar reduciéndola en proporción. Y si te estableces por tu cuenta, existe la capitalización —el llamado pago único— para cobrar de golpe lo que te queda e invertirlo en la actividad.
Avisa siempre al SEPE
Empezar a trabajar y no comunicarlo genera un cobro indebido que luego hay que devolver, con recargo. Los cruces de datos con la Seguridad Social son automáticos.
Si cumples los requisitos
Calcula cuánto te corresponde y durante cuántos meses, con las cuantías del SEPE.